ESTUDIO JURÍDICO

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sábado, 23 de marzo de 2013

ACCIDENTE LABORAL - ART- ESTUDIO JURÍDICO - CORDOBA


 ART- ACCIDENTE LABORAL 
ESTUDIO JURIDICO – CORDOBA



La ART está obligada a brindar al trabajador atención médica, kinesiológica, farmacológica y rehabilitatoria desde el acaecimiento del accidente hasta la total curación. Asimismo está legalmente obligada a abonar al trabajador accidentado los llamados salarios por incapacidad laboral temporaria desde el onceavo día del siniestro hasta el otorgamiento del alta médica (los primeros diez días de salarios son a cargo del empleador). Luego si la incapacidad es superior al 50% y no se la pueda calificar como permanente definitiva se le abonarán los llamados salarios por incapacidad laboral permanente provisoria hasta que la misma se convierta en permanente definitiva. 



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